Decálogo de principios

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En representación de los 5.200 profesionales colegiados en Navarra*, los Colegios manifestamos nuestra disposición a colaborar con las administraciones en los procesos de convocatoria, desarrollo y resolución de los concursos, bajo los siguientes principios:

1. La elaboración de Proyectos se realizará mediante la convocatoria de “Concursos de Proyectos” prevista en el artículo 183 de la Ley Foral 6/2006.

Los “Concursos de Proyectos”, tal como prevé la ley recogen la forma adecuada (libre concurrencia, anónimo, con jurado) de convocar un concurso para la elaboración de un proyecto de arquitectura, urbanismo o ingeniería, que responde al modo más antiguo, simple y claro de obtener una buena idea a través de la sana competición.

El abandono de esta vía a favor de la de “Contrato de Asistencia” ha desembocado en abusos en las condiciones exigidas para la concurrencia que desvirtúan los pretendidos fines de excelencia en calidad  y desalientan o impiden la participación, agravando de esta forma aún más el problema.

Lo realmente sorprendente es que parece que nadie ha deseado que se llegue a esta situación. La única explicación que podemos intuir es que la propia maquinaria administrativa ha acabado traicionando el fin para el que se pensó en este caso tal vez buscando servirse a sí misma y desatendiendo el interés general.

2. El objeto y alcance del concurso deberán estar definidos de forma clara y completa.

3. El Organismo convocante facilitará toda la documentación necesaria para poder elaborar las propuestas con el mayor rigor y adecuación a las circunstancias específicas.

4. Podrán participar todas las personas en posesión del título exigible que se hallen colegiadas en el correspondiente Colegio Profesional.

5. El precio adecuado del contrato, tanto para el proyecto como para la dirección facultativa, se establecerá como parte proporcional del coste de la obra.

6. Las bases deberán simplificar y flexibilizar al máximo la exigencia de presentación de documentación relativa a todos los requisitos, adoptando el procedimiento de autodeclaración responsable.

7. La documentación a presentar no deberá exceder los límites básicos para la comprensión de la propuesta por parte del jurado.

8. La calificación de las propuestas se hará atendiendo exclusivamente a la calidad de las soluciones técnicas planteadas.

9. Al menos la mitad de los miembros del jurado o mesa de contratación serán titulados adecuados al objeto del concurso.

10. La redacción del proyecto y la dirección de la obra deberán ser realizadas por el mismo profesional por lo que el proceso de contratación garantizará dicha continuidad de tareas.

 

*Los 5200 profesionales colegiados corresponden con los pertenecientes a los colegios profesionales que suscribimos este Decálogo de Principios: Colegio Oficial de Arquitectos Vasco Navarro; Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Navarra; Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Navarra y Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Navarra.
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